Breves reflexiones en torno al derecho penal objetivo
Por: Julio Huayta El derecho penal objetivo, a diferencia del derecho penal subjetivo, hace referencia a las normas jurídico-penales que establecen la infracción penal como hecho necesario para su constitución, y la pena como consecuencia jurídico penal legítima frente a la infracción penal. A través del derecho penal objetivo, el Estado puede ejercer el ius puniendi . En otros términos, el derecho penal objetivo es creado por el Estado en la primera etapa de la manifestación del ius puniendi , a saber, cuando se criminalizan conductas consideradas de mayor afectación a bienes jurídicos fundamentales. Así pues, Fontán Balestra (1998, pág. 22) estima que “el Derecho Penal es la rama del ordenamiento jurídico que agrupa las normas que el Estado impone bajo amenaza de sanción, limitando y precisando con ellas su facultad punitiva”. El derecho penal objetivo está conformado, primordialmente, por dos ramas, a saber, el derecho penal material y el derecho penal formal. Estos...